La ley contempla la posibilidad de hacer un máximo de 5 horas extras por semanaFoto: difusión
La ley contempla la posibilidad de hacer un máximo de 5 horas extras por semanaFoto: difusión

El Parlamento chileno aprobó este martes reducir de 45 a 40 horas semanales la jornada laboral, una ley con gran apoyo ciudadano que aún debe ser promulgada por el presidente para entrar en vigor. De ser promulgada, se convertiría en el país de América Latina con la semana de trabajo más corta junto con Ecuador.

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“Hoy día ha quedado demostrado que, aunque algunos pensaran que era imposible avanzar en una mejor calidad de vida para los trabajadores de nuestro país, sí se puede”, dijo tras la votación la ministra de Trabajo y Previsión Social, Jeanette Jara.

La medida, que estaba pensada ser promulgada el 1 de mayo con motivo del Día del Trabajador, propone una rebaja inicial de 45 a 44 horas laborales a la semana durante el primer año de vigencia de la ley.

Reducción de horas será progresiva

La segunda reducción será hasta las 42 horas a partir del tercer año, mientras que la meta de 40 horas se alcanzará en el quinto. Por si fuera poco, esta norma también permite hacer un máximo de 5 horas extras por semana (hoy se pueden hacer hasta 12 horas extras).

Asimismo, la ley prevé la posibilidad de trabajar cuatro días y descansar tres (a diferencia de la legislación actual que obliga a un mínimo de cinco días laborales).

En esos casos se permitirá que los empleados hagan jornadas de hasta 52 horas por semana, siempre y cuando luego tengan una mayor cantidad de días libres para compensar.

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La propuesta, que fue sancionada por la Cámara de Diputados luego de su aprobación unánime en el Senado, reduce gradualmente las horas de trabajo en un plazo de cinco años.

Al año de su aplicación se reducirá la jornada a 44 horas semanales. A los tres años el límite será de 42 horas y al cabo de un lustro se llegará a las 40 horas, que es el tiempo de trabajo recomendado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La ley prevé la posibilidad de trabajar cuatro días y descansar tres (a diferencia de la legislación actual que obliga a un mínimo de cinco días laborales).


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