Cómo puede ser que muchas perdonen a su maltratador una y otra vez? Para la psicoterapeuta de parejas Laura Tejada, hay varias causas por las cuales“La principal es la baja autoestima, creen que se merecen una relación así porque no la terminaron a tiempo”, afirma.

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Otro factor es porque buscan, equivocadamente, el bienestar de sus hijos y creen que al estar juntos todo estará bien. “Muchos de estos casos también se dan porque de niñas vivieron en un entorno familiar violento y por eso ahora lo normalizan”, agrega.

Hay sentimientos y percepciones como el miedo, la indefensión o creer que no se cuenta con recursos para enfrentar el problema, que entran en juego, pero todo lleva detrás un mecanismo que lo alimenta: el ciclo de la violencia: tensión, agresión, arrepentimiento, perdón, una nueva luna de miel y otra vez la tensión.

PEDIR AYUDA

Cualquiera sea el motivo es importante pedir ayuda, saber que no se encuentran solas y que se debe recibir apoyo psicológico para no volver a lo mismo. Si eres víctima de violencia familiar o sexual o conoces algún caso de maltrato, llama a la línea 100 o acude a un Centro de Emergencia Mujer.

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SABÍAS QUE...

Por mucho que la situación pueda parecernos incomprensible, siempre hay una razón por la cual se vive en ese tipo de relación tóxica. Nunca acusemos a la víctima, mejor ayudémosla a salir de ese espiral de violencia.

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No a la violencia contra la mujer y en la familia. Denuncia su conoces un caso, te decimos cómo. Las denuncias por casos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar podrán presentarse no solo en forma escrita o verbal, sino también a través del uso de canales virtuales, correos electrónicos, aplicaciones de mensajería instantánea o cualquier otro medio tecnológico. Así, esta información podrá ser usada por Policía Nacional del Perú (PNP), las fiscalías penales o de familia y los juzgados de familia.

Esto en aplicación de lo dispuesto en la , publicada en el diario El Peruano, que modifica el artículo 15 de la Ley 30364, ‘Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar’, habilitando permanentemente el uso de canales tecnológicos para denunciar hechos de violencia.

La norma también indica que en los lugares donde no existan estos estos canales electrónicos, las denuncias por hechos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar también podrán presentarse ante los juzgados de paz letrado o juzgados de paz y, cuando se trate de una denuncia verbal, se levantará acta sin otra exigencia que la de suministrar una sucinta relación de los hechos.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos saludó la publicación del dispositivo. “A partir de estas medidas, nuestra Defensa Pública podrá fortalecer su servicio de patrocinio legal a las víctimas de violencia y garantizar un oportuno acceso a la justicia”, indicó.

Desde el MINJUSDH, saludamos la publicación de la Ley N.º 31156, que habilita permanentemente el uso de canales tecnológicos para denunciar hechos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

¿Quiénes también puede presentar la denuncia?

La ley también dispone que la denuncia podrá ser interpuesta por la persona perjudicada o por cualquier otra en su favor, sin necesidad de tener su representación. También podrá ser interpuesta por la Defensoría del Pueblo y no se requerirá firma de abogado, tasa o alguna otra formalidad.

Sin perjuicio de todo ello, los profesionales de la salud y educación deberán denunciar los casos de violencia contra la mujer o los integrantes del grupo familiar que conozcan en el desempeño de su actividad.

¿Será necesario prueba física del acto violento?

Según la ley, para interponer una denuncia no será exigible presentar resultados de exámenes físicos, psicológicos, pericias de cualquier naturaleza o mostrar huellas visibles de violencia.

Además, si la víctima o denunciante cuenta con documentos que sirvan como medios probatorios, estos se recibirán e incluirán en el informe de la Policía Nacional del Perú, del Ministerio Público o en el expediente del Poder Judicial.

Reglamento de la ley

Corresponderá al Poder Ejecutivo adecuar en el plazo de 30 días el reglamento de la Ley 30364, ‘Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar’, modificado por el Decreto Supremo 004-2019-Mimp, a lo establecido en la ley modificatoria.





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