La gratificación que reciben en julio y diciembre los trabajadores privados en el Perú cumple 33 años de formalizarse a través la Ley N° 25139 de diciembre de 1989.
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Ese dispositivo estableció el derecho de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada a percibir dos gratificaciones al año, una por Fiestas Patrias y otra por Navidad, que deben ser abonadas dentro de la primera quincena de julio y diciembre, respectivamente.
El origen de las gratificaciones viene en el mundo de mucho tiempo atrás. Tales pagos se hacían de acuerdo a pactos o convenios colectivos entre sindicatos y empresas, hasta que con el tiempo los Estados ordenaron su generalidad y obligatoriedad.
La gratificación en otros países
En España, en 1831, vendedores de diarios entregaron tarjetas navideñas a los compradores, a lo que estos respondieron con propinas que se hicieron costumbre.
Con los años, los empleadores asumieron el pago de gratificaciones en varios sectores hasta que en 1944 se fijó que el pago del sueldo de una semana por Navidad. En 1980, la gratificación se hizo general y de un sueldo.
En Bolivia, por ley del 18 de diciembre de 1944, se estableció el pago obligatorio por Navidad a favor de empleados y obreros que lo exigían.
Las leyes respondieron a demandas de los trabajadores, como sucedió en el Perú, donde en 1989 se hizo obligatoria la gratificación en medio de una gran crisis económica.
Empleados públicos reciben aguinaldo
En el Perú, el aguinaldo (no gratificación) es un beneficio que reciben los trabajadores públicos, también en julio y en diciembre, dos veces al año. Sin embargo, el monto es fijado por el Estado y no equivale a un sueldo, como para los servidores del ámbito privado. Este año vuelve a ser de S/300.
Mediante el Decreto Supremo Nº 283-2022-EF, se ha establecido para el presente año 2022 el otorgamiento del aguinaldo de Navidad por 300 soles a los trabajadores del sector público, que será abonado por única vez en la planilla de pagos del presente mes.
Algo más?
El cálculo de las gratificaciones debe ser la vigente al sueldo del 15 de julio o 15 de diciembre.
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