¡En liberdad! John Kelvin fue puesto en libertad en la tarde de este martes 4 de julio luego que el Poder Judicial aprobó la petición presentada por la defensa del cantante de cumbia.
La prensa estuvo en los exteriores del Establecimiento Penitenciario Lurigancho para evidenciar la salida del músico, quien sostenía una imagen de San Judas Tadeo en medio de su liberación.
Jimmy Gardela Sarmiento, primo de John Kelvin, fue el responsable de recoger al cumbiambero en los exteriores del penal y minutos antes de la salida de su familiar, él decidió poner música cubana a todo volumen. Un detalle que llamó la atención de los medios de comunicación, quienes registraron el anecdótico episodio.
A su salida de prisión, el cumbiambero se dejó ver con un renovado look y no brindó alguna declaración.
¿Qué restricciones deberá cumplir John Kelvin para no regresar a la cárcel?
Se sabe que el artista deberá cumplir una serie de medidas impuestas por el sistema judicial peruano. Entre las restricciones que deberá asumir está una orden de alejamiento de 200 metros hacia Dalia Durán.
En caso de que Jonathan Sarmiento incumpla alguna de estas normas, será enviado de inmediato de vuelta a la cárcel.
- Prohibición de acercarse a la agraviada en un radio de 200 metros.
- Prohibición de comunicarse con la agraviada a través de cualquier medio de comunicación.
- Prohibición de mencionar cualquier aspecto del presente caso o referirse a la agraviada en cualquier medio de comunicación.
- Prohibición de contactarse o comunicarse con las personas que han sido o pudieran ser comprendidas como testigos en el presente proceso.
- El pago de una caución económica que se fija en la suma de dos mil (2.000), debiendo hacer efectivo su pago en el Banco de la Nación, dentro de los 10 días hábiles de emitida la siguiente resolución.
- No ausentarse de la localidad donde reside sin autorización judicial.
- Obligación de presentarse ante la autoridad judicial, fiscal y policial todas las veces que sea requerido.
- Presentarse cada 15 días a dar cuenta de sus actividades y registrarse en la Oficina de Control Biométrico.
- Prohibición de concurrir a lugares donde se expidan bebidas alcohólicas (licor), salvo que tenga necesidad de desempeñar su actividad artística.