Las agencias de empleo que ofrecen colocación en puesto laboral a las trabajadoras del hogar están prohibidas de hacerles cobros que afecten su economía, sostuvo la .

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Este jueves es el Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar y la entidad informó que deben tener contrato formal y remuneración no menor que la mínima vital (S/ 1025) por jornada completa de 8 horas diarias o 48 horas semanales.

La retribución a la agencia por el contrato de trabajadoras del hogar debe realizarla el empleador (persona que contrata al personal).

En qué casos el despido se considera nulo

¿Te despidieron embarazada o por tener alguna discapacidad? Sabías que está prohibido echar a un trabajador por tener esas condiciones y a eso se considera despido nulo. En esta nota, de acuerdo con información de , te indicamos cómo identificarlo y qué debes hacer ante un caso de ese tipo.

El despido nulo ocurre cuando el empleador rescinde el contrato del trabajador por un motivo prohibido y que se considera un acto lesivo a los derechos fundamentales del trabajo. Muchas veces, por desconocimiento, el empleador decide despedir a un trabajador que se encuentra en una situación particular, sin embargo, la ley no lo permite.

¿EN QUÉ CASOS EL DESPIDO ES NULO?

Los motivos prohibidos determinados en el despido nulo son aquellos vinculados con los derechos fundamentales del trabajador, no solo con los de carácter laboral, sino, sobre todo, con los de la persona humana. Estos son:

  • Cuando un trabajador se afilia a un sindicato o participa en actividades sindicales.
  • Cuando es candidato o representa a los trabajadores (o por haber actuado en esa condición).
  • Cuando presenta una queja o participa en un proceso contra el empleador.
  • Cuando existe discriminación por sexo, raza, religión, opinión, idioma, discapacidad u otra índole.
  • Cuando la trabajadora está embarazada o el despido tiene relación con el nacimiento, la licencia por maternidad o el período de lactancia. En cualquiera de estas etapas el despido es nulo.

¿QUÉ DEBO HACER SI MI DESPIDO NO ES LEGAL?

En caso hayas sido contratado bajo el régimen laboral privado y has sido despedido, pero la causa es considera nula, puedes denunciar a tu empleador ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

¿CÓMO DENUNCIO EL DESPIDO NULO ANTE SUNAFIL?

La denuncia la puedes hacer a través de dos canales:

Virtual

  • Para hacer la denuncia virtual, el usuario debe ingresar a la página web de la Sunafil:  y ubicar la sección “Orientación, trámites y servicios más visitados”. Luego ingresa a “Denunciar incumplimientos laborales de una empresa privada”. En ese campo, debe colocar el número de RUC de la empresa o DNI del empleador (cuando éste es personal natural), la dirección del centro de trabajo a denunciar, así como adjuntar los documentos que sustenten su denuncia, como boletas de pago, contrato de trabajo, entre otros. También es necesario que la denunciante consigne su correo electrónico y un número de celular personal.

Presencial

  • Lima: Puedes acudir a la intendencia de Lima Metropolitana, situada en la cuadra 8 de la Av. Arenales, o a la Plataforma de Inspección del Trabajo – PIT de Lima Sur, situada en Jr. José María Vílchez 518 Mz. 3 lote 1, zona B, San Juan de Miraflores. Hay, además, una sede de la PIT de Lima Norte, ubicada en el sótano del centro comercial Plaza Norte.
  • Regiones: Puedes ir a la intendencia regional de tu localidad.

¿DÓNDE ME PUEDEN ORIENTAR PARA HACER UNA DENUNCIA?

En caso la trabajadora no esté segura de hacer la denuncia laboral, puede buscar orientación sobre su caso particular:

  • Línea gratuita a nivel nacional: 0800-16872
  • Sistema de consultas laborales 

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