No se salva de castigo. La congresista María Cordero Jon Tay, acusada de quitar parte de su sueldo a sus trabajadores en beneficio propio, presentó este martes una carta comunicando su decisión de renunciar a su militancia a Fuerza Popular, pero esta no fue aceptada, pues el partido liderado por Keiko Fujimori tomó la decisión de continuar con el proceso de expulsión.
“El proceso de expulsión antes mencionado seguirá su curso conforme lo establece nuestro Estatuto Partidario y sentará un precedente para toda la militancia fujimorista”, subrayó la agrupación política
La agrupación política argumentó que la decisión fue tomada luego de que la secretaría técnica de Fuerza Popular evalué la carta de renuncia de María Cordero Jon Tay, quien es investigada por el Ministerio Público tras presunto recorte de sueldo a su extrabajador de su despacho congresal.
SU PARTIDO LA DENUNCIA
Cabe recordar que su propio partido presentó este martes una denuncia constitucional contra la parlamentaria Cordero por el presunto delito de concusión y por la infracción a seis artículos de la Carta Magna.
En la denuncia constitucional, presentada por Martha Moyano (primera vicepresidenta del Congreso), el fujimorismo solicita que también se inhabilite por 10 años a Cordero de la función pública.
La aún parlamentaria fujimorista también es investigada desde el último viernes por la Fiscalía de la Nación por este hecho.
Fuentes de Fuerza Popular indicaron al diario ‘El Comercio’ que tomaron como referencia el antecedente del excongresista Michael Urtecho, quien fue desaforado en diciembre de 2013 e inhabilitado, ante una denuncia similar a la que afronta en la actualidad la parlamentaria fujimorista, quien es cercana al encarcelado expresidente Alberto Fujimori.
Moyano argumenta que Cordero violó los artículos 1, 2 (inciso 15), 22, 23, 38 y 45 de la Constitución.
“Queremos dar una señal clara de que el partido y la bancada deslindan de estos actos”, manifestaron.
Por ejemplo, el inciso 15 del artículo 2 de la Carta Magna establece que toda persona tiene el derecho “a trabajar libremente con sujeción a la ley”.
Y el 23 establece que “ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador”.
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