Especialistas cuestionaron que el Congreso busque aprobar (en el Pleno de la Representación Nacional) el proyecto de ley para la libre desafiliación a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y el traspaso a cuentas previsionales en el sistema financiero.
La propuesta en mención fue presentada ante la Comisión de Economía, pero no fue discutida y no tiene un dictamen. No obstante, la bancada de Podemos Perú busca que se exonere su procedimiento y se discuta en el Pleno sin ningún análisis técnico.
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Respecto a la iniciativa, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) ha señalado que la autorización de cuentas de las AFP a las entidades financieras implica el pago de impuestos y podría reducir el monto acumulado de las cuentas previsionales de los afiliados.
“Con la consecuente reducción en sus pensiones futuras. Al momento de decidir entre una AFP o una entidad financiera, no tendrán la información necesaria de cuánto sería el impacto tributario en sus aportes y en la pensión final”, precisaron.
Además, detallaron que habrá un impacto negativo en el crecimiento económico, tales como en proyectos de infraestructura y empresas peruanas que financian su crecimiento en el mercado de capitales local a tasas de interés menores a las ofrecidas por el sistema financiero.
“Permitir salida masiva de fondos a otros gestores implicaría una señal negativa a los inversionistas locales y extranjeros sobre el respeto de los contratos y se generaría un riesgo en el sistema previsional que podría tener un impacto fiscal importante en el mediano y largo plazo”, añadieron.
MÁS OPINIONES
Mientras tanto, el especialista en Derecho Parlamentario y exjefe de asesores de la Presidencia del Congreso, César Aliaga, dijo que si bien el Reglamento del Parlamento establece que la Junta de Portavoces puede exonerar de dictamen de comisión a un proyecto de ley, esto es un mecanismo excepcional para ‘proyectos con carácter de urgencia’.
Indicó que esta exoneración de ningún modo puede ser utilizada de forma arbitraria, dado que resulta inconstitucional, por vulnerar la ratio del artículo 105 de la Constitución que parte de la premisa de la promoción de la deliberación al disponer que ‘ningún proyecto de ley puede sancionarse sin haber sido previamente aprobado por la respectiva Comisión dictaminadora’.
En tanto, el exoficial mayor del Parlamento, José Cevasco, señaló que los congresistas tienen derecho a presentar exoneraciones, pero las solicitudes deben tener sustento.
“Entiendo que se han dado informes negativos de las autoridades financieras y previsionales… Ante la incertidumbre económica y cambios en el Gobierno, creo que no sería prudente aprobarlo, porque podría generar un desequilibrio en el manejo de las cuentas macroeconómica de la Nación”, enfatizó. (Con información de Correo)
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