
El Gobierno del Perú oficializó nuevas restricciones para el uso de motos y vehículos menores en Lima Metropolitana y el Callao, como parte de las medidas dispuestas durante el estado de emergencia que ha sido prorrogado por 30 días.
Según el Decreto Supremo publicado en el diario oficial El Peruano, a partir de ahora las motocicletas, bicimotos y mototaxis de las categorías L1 y L3 solo podrán circular con el conductor, sin acompañantes. Asimismo, se prohíbe el uso de cualquier elemento que impida la visibilidad del rostro, con excepción del casco reglamentario.

Policía y Ejército realizarán operativos
La norma precisa que será la Policía Nacional del Perú, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, la encargada de supervisar el cumplimiento de esta disposición. Los agentes podrán intervenir a quienes infrinjan las reglas o presenten indicios de haber cometido algún delito.
Además, como parte del estado de emergencia, se restringen derechos constitucionales como la libertad de tránsito, la seguridad personal, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión.

Solo personal de emergencia estará exceptuado
El decreto indica que las únicas excepciones serán para los vehículos menores utilizados por personal de seguridad pública, bomberos o servicios médicos de emergencia, siempre que se encuentren cumpliendo funciones.
La medida ya está en vigencia y busca reforzar el control en las calles para reducir el índice delictivo en ambas jurisdicciones.
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