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Mediante una resolución, declaró nula la palabra “montada” del Reglamento del Decreto Legislativo 1267, Ley de la PNP.

Los jueces Superiores de la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, declaran fundada en parte la demanda interpuesta por la presidenta del Instituto Peruano de Asesoría legal del Medio Ambiente y Biodiversidad (Ipalema)”, se lee en la resolución.

Por tanto se declara nula la palabra ‘montada’ del artículo 229°, numeral 6, del Decreto Supremo N°026-2017-IN Reglamento del Decreto Legislativo 1267, Ley de la PNP”, indica.

Ante esto, Sonia Córdova felicitó la decisión de la Corte Superior de Justicia de Lima e indicó que esto ayudará a que los caballos no sean expuestos físicamente a cualquier tipo de maltrato durante manifestaciones.

Las que no conlleven a exponerlos físicamente, a que sean agredidos a que sean maltratados y también emocionalmente, ya que todo el estrés la angustia por las multitudes, gases lacrimógenos”, declaró Sonia Córdova, presidenta de Ipalema.

Hace dos años, Ipalema interpuso una demanda contra el Ministerio del Interior (Mininter) cuestionando el artículo 229°, numeral 6, del Decreto Supremo N°026-2017-IN, Ley de la PNP. La institución indicó que contradecía el mencionado artículo de la Ley de Protección y Bienestar Animal por el caso de la yegua La Mar que falleció durante una manifestación en La Parada (La Victoria).

La Policía va a ejecutar las acciones correspondientes. Apelará esta disposición a la medida que este labor que cumple el caballo es importante en el control social”, declaró el general PNP Jorge Luis Cayas, jefe de la región policial de Lima.



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