Desde el domingo 1 hasta el martes 31 de agosto del presente año, estará vigente el estado de emergencia a en todo el país. Esta medida establecida por el Poder Ejecutivo por primera vez el 16 de marzo de 2020, se toma para detener el avance del coronavirus (COVID-19) en el país.
El Decreto Supremo 131-2021-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, señala que durante el periodo mencionado queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio nacional.
El personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, conforme a la normativa vigente.
Desde el lunes 31 de mayo rige una nueva clasificación de las provincias de acuerdo al nivel de alerta de contagio del COVID-19, establecido en extremo, muy alto y alto, establecido por el Ejecutivo en el marco del estado de emergencia nacional por la pandemia. Esta clasificación tiene vigencia hasta el domingo 1 de agosto.
El Gobierno informó que del lunes 12 de julio al domingo 1 de agosto regirá una nueva clasificación de las provincias según el nivel de alerta sanitaria por la pandemia del COVID-19, ante el descenso de los contagios, positividad a las pruebas y la tasa de mortalidad.
De esta manera 6 regiones en el nivel de riesgo moderado, 16 regiones están en alto entre las que figura Lima y Callao; 3 regiones en muy alto, y ninguna figura en riesgo extremo.
Vale recordar que a partir de ahora las restricciones para cada nivel de riesgo durarán tres semanas, y ya no dos, cumplidas las cuales se anunciará una nueva clasificación, en función de la evolución de la pandemia del coronavirus.