El ministro de Salud, Víctor Zamora, informó este sábado que la inhumación será incorporada en la Directiva Sanitaria para el manejo de cadáveres por COVID-19 como una opción más aparte de la cremación.
“Uno de los mecanismos que hemos aprobado mediante una resolución es utilizar la cremación (...) Con el tiempo el protocolo ha ido teniendo varias modificaciones y una de ellas va a ser -entre hoy y mañana- la incorporación de una recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que es que la cremación no sea la opción número uno sino sea una entre dos, la cremación o la inhumación”, indicó en videoconferencia en el marco del trigésimo cuarto día del estado de emergencia nacional.
En esa línea, el titular de Salud recordó que a nivel nacional solo contamos con 14 crematorios, de los cuales 6 están en la capital. “Nos alivia bastante esta recomendación de la OMS”, aseguró.
Por otro lado, mencionó que del total de fallecidos -que hasta ayer eran 300- 115 fueron cremados y esta acción fue subvencionada por el Seguro Integral de Salud (SIS), mientras que los restantes estuvo financiado por EsSalud. Negó además que existan
De igual forma, negó que haya cadáveres a la espera ser cremados y señaló que con la nueva norma se facilitará que los fallecidos por coronavirus puedan ser inhumados en los cementerios locales o los lugares que alcaldes y las beneficiencias decidan.
Finalmente, el ministro Zamora hizo un llamado a la población a tratar con respeto los casos de personas que fallecen por COVID-19. “Efectivamente hay mucho miedo que estas personas que han fallecido sigan contaminando después del fallecimiento. La ciencia determina que este contagio -a través de los fallecidos- solamente se extiende eventualmente 5 horas posterior a la muerte, por lo tanto, no son contaminantes cuando ya son puestos en sus nichos. Mucho respeto para estas personas”, instó.
El pasado 22 de marzo, se publicó la Directiva Sanitaria N° 087-MINSA/2020/DIGESA, en la que se señala que las personas fallecidas por COVID-19 deberán ser cremadas y que, salvo en los lugares donde no se pudiera, se procederá con la inhumación (entierro). El 13 de abril, esta orden fue modificada. Se añadió que en caso de que se saturen los crematorios, se optará por los entierros.