La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República aprobó la propuesta de ley que habilita a los notarios públicos también poder celebrar matrimonios civiles, así como extender rápidamente el acta de casamiento correspondiente.
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La iniciativa -que contará con las mismas garantías de seguridad jurídica a la par que se disminuye la sobrecarga de las municipalidades- fue aprobada por mayoría (diez votos a favor y dos en contra).
El dictamen remarca que las notarías tienen como característica intrínseca el no estar limitadas para la realización de sus funciones por el domicilio de las personas que celebran actos jurídicos sino que, por el contrario, pueden celebrar actos jurídicos respecto de personas que domicilian en cualquier parte del país, siempre que se constituyan en el despacho notarial.
Al respecto, la congresista de Fuerza Popular, María Cordero Jon Tay, saludó la propuesta presentada por el legislador Elías Ávalos (no agrupado) que modifica el Código Civil. Indicó que es necesario dar facilidades a la ciudadanía.
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Por otro lado, los congresistas miembros de la comisión dictaminadora también aprobaron por mayoría la iniciativa legislativa presentada por el Ministerio Público, que propone “habilitar el régimen de suplencia para resolver los casos de procedimientos administrativos disciplinarios que resuelve la Junta de Fiscales Supremos ante la ausencia permanente o temporal de sus miembros titulares”.
Se señala que, de manera excepcional, en caso que solamente se cuente con dos o menos fiscales supremos titulares en ejercicio, “se convocará a los fiscales supremos provisionales, en calidad de miembros suplentes, comenzando por el más antiguo en ejercicio, y así sucesivamente, hasta completar el número mínimo de tres miembros de la Junta de Fiscales Supremos, para resolver los procedimientos administrativos disciplinarios a su cargo”.
En otro momento de la sesión, la congresista Margot Palacios sustentó su propuesta de ley para que la vacunación contra el COVID-19 sea voluntaria, y aquella referida a conceder amnistía a las autoridades y miembros de pueblos indígenas u originarios, comunidades campesinas, comunidades nativas, rondas campesinas y rondas urbanas, quienes están procesados por defender sus tierras.