AFP: El Congreso de la República debatirá este martes el proyecto de ley que permite el retiro del 25% del fondo individual de jubilación y la disponibilidad del excedente de la CTS (Compensación de tiempo de servicios) con los votos a favor para su aprobación.
El Congreso de la República representado en tiempos del estado de emergencia por la Junta de Portavoces, someterá a debate y aprobación el proyecto de ley multipartidario para el retiro y disposición del 25% del fondo individual de las AFP. y el excedente de dos remuneraciones brutas de cuenta CTS de los trabajadores.
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Según, el Diario El Comercio, el proyecto de ley en mención contaría con el voto a favor representativo de 108 congresistas a través de la junta de portavoces con siete partidos políticos a favor de la promulgación de la ley, de nueve existentes.
Acción Popular, Alianza para el Progreso, Fuerza Popular, Frepap, Unión por el Perú, Podemos y Somos Perú, son los partidos que se han inclinado a favor o ven con bueno ojos la aprobación del proyecto de ley.
Sin embargo, el presidente de la República, Martín Vizcarra anunció una medida conservadora sobre la disponibilidad de los fondos de las AFP. Aunció que se puede retirar hasta S/. 2 mil soles del fondo (en dos partes de mil cada una por mes) y solo a los aportantes sin trabajo o ausencia de aportaciones en los últimos 12 meses.
El detalles del proyecto de ley del Congreso para la disponibilidad de los fondos de AFP y retiro de la CTS:
AFP
“De forma extraordinaria, y por única vez, se autoriza la disponibilidad de hasta el 25% de los fondos acumulados en la cuenta individual de capitalización a los aportantes que lo requieran. La entrega de los fondos se efectuará en un plazo de 10 días de presentada la solicitud, en donde el afiliado deberá indicar el número de cuenta bancaria para el deposito correspondiente”, detalla el proyecto de ley respecto a la disponibilidad del fondo de la AFP.
CTS
“Disponer del 100% del excedente de dos remuneraciones brutas de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición. Se considerará el monto de la última remuneración del trabajador y corresponderá a los empleadores comunicar a las instituciones financieras el monto intangible de cada trabajador. La entrega del fondo deberá ser en un plazo máximo de 24 horas”, explica el proyecto de ley sobre el uso de la CTS.
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